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PODER EJECUTIVO PRESENTA INICIATIVAS DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN

06 de Junio de 2017

Mérida, Yucatán, a 6 de junio del 2017. El Poder Ejecutivo a través de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado presentó un paquete en materia de combate a la corrupción, integrado por seis iniciativas.
Estas iniciativas realizan las adecuaciones normativas para el establecimiento del Sistema Estatal Anticorrupción y reconoce las disposiciones establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sobre la obligación de todos los servidores públicos de presentar sus declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal (tres de tres).
La Iniciativa para expedir la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Yucatán y modificar el Código de la Administración Pública de Yucatán crea al Comité Coordinador, como máxima autoridad del sistema, encargado de la aprobación y evaluación de la política estatal en la materia.
De igual manera se crea al Comité de Participación Ciudadana, conformado por cinco ciudadanos, electos a través de una comisión de selección, también conformados por ciudadanos, pero estos designados por el Congreso del Estado; este comité, va a tener por objeto central opinar sobre los instrumentos técnicos y la política en materia de combate a la corrupción y su presidente será quien presida también el comité coordinador de todo el sistema.
Para el fortalecimiento institucional y la elaboración de los insumos técnicos necesarios para instaurar el sistema estatal, se creará un organismo público descentralizado, con autonomía y personalidad propia, denominado Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción.
Para homologar las fechas de presentación de la cuenta pública a lo establecido en la Constitución federal y local para adecuar los procedimientos requeridos por la carta magna, y aumentar y fortalecer las atribuciones de la Auditoría Superior del Estado, se presenta la Iniciativa para expedir la Ley de Fiscalización de la Cuenta Pública del Estado de Yucatán y modificar la Ley del Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Yucatán.
De igual manera, bajo la premisa de establecer la organización, integración y funcionamiento del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Yucatán como un organismo constitucional autónomo, se presenta su iniciativa de Ley Orgánica; así como una iniciativa para modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, cuyo objeto es escindir la materia administrativa del Poder Judicial local.

Por otra parte, se actualiza la denominación y orden del título decimotercero del libro segundo del Código Penal del Estado de Yucatán, que pasa a denominarse “Delitos por hechos de corrupción”, los cuales engloban en su catálogo los delitos de enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, de peculado y cohecho.
Además se agregan sanciones para los particulares que, en su carácter de contratista, de permisionario, de asignatario, de titular de una concesión de prestación de un servicio público de explotación, de aprovechamiento o del uso de bienes del dominio del estado con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero, genere o utilice información falsa o alterada respecto a sus beneficios o no entregue información que deba otorgar.
Mediante una modificación a la Ley de la Fiscalía General del Estado de Yucatán, se crea la Vicefiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, órgano responsable de la investigación y persecución penal de los delitos por hechos de corrupción.
A través de la iniciativa para modificar el Código de la Administración Pública de Yucatán, en materia de combate a la corrupción, se adicionan facultades a la Secretaría de la Contraloría General, entre las que destacan la denuncia ante el Tribunal y la Vicefiscalía Especializada.
Finalmente, a través de la iniciativa para adecuar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se armoniza la Ley a lo dispuesto en la Ley General. Además, mediante la reforma a Ley de Gobierno del Poder Legislativo del Estado de Yucatán, se actualiza el procedimiento de nombramiento de los titulares de los órganos de control interno, como las Leyes de la Comisión de Derechos Humanos, de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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